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Puertas abiertas para la fe: Cámara protege los cultos durante emergencias
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Legislatura 📖 4 min de lectura

Puertas abiertas para la fe: Cámara protege los cultos durante emergencias

Pamela Hernández Cabiya
Pamela Hernández Cabiya
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Hay que evidenciar que cerrar el templo es la única forma de salvar vidas en medio de una emergencia o pandemia en la Isla.

Y es que la Cámara de Representantes aprobó una medida de administración (A-138) que buscar crear la «Ley de los Servicios Religiosos como un servicio esencial», con el fin de establecer igualdad a la hora de que el Gobierno decida que ante una emergencia una iglesia deba cerrar sus puertas, tal como sucedió en la pandemia del Covid -19 en el 2020.

Según trasciende la exposición de motivos, el Proyecto de la Cámara 1385 se ampara en el caso de Roman Catholic Diecese of Brooklyn v. Cuomo (noviembre 2020) donde el Tribunal Supremo de Estados Unidos consideró inconstitucional que los templos tuvieran límites mientras que comercios como tiendas de licor, operaran sin las mismas limitaciones en medio de la pandemia.

«Constituye un servicio esencial, podemos concluir que la libertad religiosa es un derecho fundamental explícito en la Constitución, no un privilegio comercial concedido por el Estado y el Gobierno no puede degradar el ejercicio de la fe a la categoría de un pasatiempo o entrenamiento secundario», reza la medida.

«Si otorgan excepciones a tiendas, fábricas o transporte, pero no a los cultos, la medida se vuelve sospechosa. Los tribunales determinaron que los estados debían regular los templos basándose en el riesgo real de la actividad (ej. exigir mascarillas, ventilación o distanciamiento físico), en lugar de declarar arbitrariamente que toda la actividad religiosa es «prescindible» en comparación con la actividad comercial», agrega el proyecto de ley.

La medida tuvo discusión en el pleno comenzando con la representante Adriana Gutiérrez.

«Es importante en el reconocimiento de las comunidades de fe que han representando en ocasiones de emergencia, de desastres, de pandemia el papel que desempeña acompañando al pueblo, distribuyendo alimentos, ofreciendo refugios, brindando apoyo espiritual y eso se entiende, se respeta y se reconoce, pero lo que hace esta medida va más allá y es precisamente establecer un trato desigual por motivos religiosos entre personas en igualdad de condiciones» denunció la representante del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP).

«Es inconstitucional porque establece una clasificación de personas por motivos de religión. O sea, entre proyecto establece que el Estado puede restringir esos derechos fundamentales a las personas no religiosas, pero no a las personas de instituciones religiosas que el Estado considere legítima aunque ambas tomen las mismas medidas de seguridad», añadió.

El líder cameral, Carlos «Jhonny» Méndez, salió en defensa del proyecto de administración.

«¿Dónde están los derechos de unas personas que profesan una fe que según argumentos del PIP, no tienen derechos? Aquí no se le está violando el derecho a nadie. Es más, si entienden que se está violando un derecho fundamental, vayan al tribunal y aunque no les guste, vayan a ver si el derecho mio de ejercer libertad religiosa va por encima por encima de cualquier individuo aquí a manifestarse, a expresarse…Jamás voy aceptar es que una Nación fundada bajo los principios cristianos, que tiene en su Escudo un cordero con una biblia, representa la voluntad cristiana de este pueblo que ha manifestado por siglos de tradición, por un partido que cree en el libertinaje», arremetió Méndez.

Por tanto, el P de la C 1385 establece como política pública «la protección de la libertad religiosa en situaciones de emergencia, epidemia, pandemia y/o desastres naturales» En otras palabras, el Gobierno no podrá durante una emergencia, epidemia o destrezas natural, dejar «sin efecto la celebración u ocurrencia de servicio religioso alguno que cumpla con los requisitos de esta ley».

La medida legislativa cerró con 40 votos a favor y 8 en contra por parte de: Héctor Ferrer, Angel Fourquet, Adriana Gutiérrez, Nelie Lebrón, Denis Márquez, Estrella Martínez, Domingo Torres y José Varela.

La medida pasa ahora a la consideración del Senado.

#libertad religiosa #pandemia #proyecto de ley
Pamela Hernández Cabiya
Sobre el autor
Pamela Hernández Cabiya

Periodista con más de diez años de experiencia en la cobertura de noticias y temas de interés público, con especial énfasis en el ámbito legislativo. Actualmente combina su labor periodística con la enseñanza de comunicaciones, aportando su experiencia a la formación de futuros comunicadores.

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