Ciudadanas demandan al Municipio de San Juan
Cinco ciudadanas radicaron una demanda al Municipio de San Juan tras entender que el ayuntamiento no tiene autoridad legal para enajenar este terreno por falta de título.
Las recurrentes alegan que mediante la Ordenanza Número 4, que el Municipio pretende segregar una parcela de terreno para crear una finca enclavada dentro del Escambrón, y que luego de la construcción del estacionamiento, crearía una nueva parcela independiente. En esencia, argumenta el recurso, que se trataría de una privatización para la cual, además, no está claro si el Municipio acomodaría, a costo del fisco público, servidumbres con terrenos no identificados en la Ordenanza, que también son de dominio público, al servicio del estacionamiento privado.
El recurso judicial resalta que el terreno del Escambrón donde el Municipio promueve un estacionamiento está específicamente destinado para recreación al aire libre por escritura y por ley. Además, la demanda denuncia que el Municipio de San Juan no certificó un deslinde de la zona marítimo-terrestre, por lo que se desconocen los verdaderos linderos del terreno, que no pueden ser el Océano Atlántico.
La demanda también destaca que el terreno se encuentra en zona inundable y zona de desalojo de tsunami, y por tanto, el Municipio no tiene autoridad para ceder el terreno para construcción de estructuras permanentes allí. Varios surfers que frecuentan La Ocho prestaron declaraciones juradas en apoyo a la demanda como testimonio personal de las inundaciones en el predio.
Se alega además que la Ordenanza es demasiado vaga y ambigua- sin planos o estudios sobre la propuesta estructura y muchos otros aspectos -que no justifican su aprobación. La demanda alega que fragmentando la transacción en dos etapas (cesión ahora y posterior creación de nuevo título) se pretende incumplir el requisito de subastas del Código Municipal.
El recurso también alega que el Municipio celebró una vista pública, pero como un acto puramente performativo y sin intención de escuchar a las partes y evaluar sus aportaciones sin prejuicio. Se reclama que el Municipio además no publicó un acta o informe de la vista para comentario público, antes de la aprobación por el Alcalde.
El recurso señala que el Municipio ha incumplido sus deberes de atender las necesidades de los ciudadanos, así como de mantenimiento y cuido del terreno para beneficio de la comunidad, y además anticipa abdicar a sus deberes hacia la naturaleza, dejando el cumplimiento ambiental a discreción de una entidad privada, sin haber realizado sus propias gestiones.
Por lo tanto, el recurso argumenta que el Municipio de San Juan está sujeto a varias serias restricciones legales, que el Municipio tiene responsabilidades que no puede omitir y que la Ordenanza no tiene autoridad legal para curar su incumplimiento. El recurso en el caso Zilenzinger v. Municipio de San Juan, Núm. SJ 2026CV08600, fue presentado por la Lcda. Isabel Abislaimán.
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