Menos horas, mismo salario: proponen jornada de 32 horas en el Gobierno
La Cámara de Representantes tiene a ante su consideración un proyecto de ley que establecería una jornada laboral de 32 horas en el sector público, sin exceder a las ocho horas diarias, como parte de un método de eficiencia operacional.
El Proyecto de la Cámara 1459, fue radicado por el represente Joel Franqui Atiles el pasado 28 de septiembre y enmendaría la Ley 8 de 2017, mejor conocida como la «Ley para la Administración y Transformación de los Recursos Humanos en el Gobierno de Puerto Rico».
De acuerdo a la exposición de motivos, ante la realidad del alto costo de vida, se necesita una evaluación exhaustiva, así como ajustes operacionales que no menoscaben la estabilidad fiscal del Gobierno, pero que al mismo tiempo se permita tener un alivio económico.
Actualmente, la Ley 8 establece normas de jornada laboral para los empleados públicos de 37.5 y 40 horas semanales sin exceder las ocho (8) horas diarias. Con las nuevas enmiendas se implementaría una jornada laboral de 32 horas semanales, distribuidas en cuatro (4) días y sin exceder las 8 horas diarias.
Esta alternativa ya se ha estado vislumbrando en varios municipios. Por ejemplo: el municipio de Vega Baja implementó desde julio de 2023 una jornada laboral de 4 días y 32 horas semanales para sus empleados municipales, manteniendo el salario completo.
«Diversos estudios internacionales han demostrado que la reducción de jornada laboral en sectores administrativos incrementa la productividad, disminuye el ausentismo, mejora la retención de talento y reduce costos operacionales. En el contexto puertorriqueño, esta reestructuración podría traducirse en economías sustanciales en utilidades, mantenimiento de instalaciones, energía y otros gastos inherentes a la operación diaria. Asimismo, contribuirá directamente al bienestar emocional, familiar y social de los empleados públicos, sin afectar su compensación salarial», detalla la medida.
«Al estructurar esta nueva jornada laboral de cuatro (4) días por un periodo de ocho (8) horas diarias, se garantiza que su implementación sea compatible con el Plan Fiscal vigente, sin aumentar gastos y promoviendo eficiencias operacionales. Se establece, además, que la reducción de jornada laboral no será considerada como un beneficio marginal, sino como una medida de administración pública dirigida a optimizar recursos y a garantizar la continuidad y calidad de los servicios esenciales», agrega el proyecto.
Entre las nuevas disposiciones a la Ley 8 se establece que esta implementación no impedirá que una agencia pueda establecer una jornada regular semanal mayor cuando la necesidad de los servicios así lo requiera. «La jornada de 32 horas semanales dispuesta en este Artículo no afectará la compensación salarial vigente de los empleados públicos, la cual se mantendrá en su totalidad», dicta el proyecto.
Para la implementación, se deberán desarrollar planes operacionales específicos para que se garantice la continuidad, eficiencia y calidad en la prestación de servicios esenciales. De ser aprobado como ley, tendrán que implementar las nuevas disposiciones en un término de 90 días.
La medida fue referida a la evaluación de la Comisión del Trabajo y Asuntos Laborales de la Cámara de Representantes.
Periodista con más de diez años de experiencia en la cobertura de noticias y temas de interés público, con especial énfasis en el ámbito legislativo. Actualmente combina su labor periodística con la enseñanza de comunicaciones, aportando su experiencia a la formación de futuros comunicadores.
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